En consonancia con la ley nacional de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial Nº 26418 vetada por el Poder Ejecutivo en el 2008 y el proyecto de ley de la provincia de Mendoza, la legisladora arista propone proteger los glaciares, regulando y prohibiendo algunas actividades que puedan producir daño en los mismos y determinando el dominio público provincial sobre estos espacios de vital importancia para la regulación hídrica.
En la actualidad existen estudios que dan cuenta del acelerado retraimiento de los glaciares a lo largo de toda la cordillera. Principalmente, esto ha sido observado con preocupación en la región patagónica muy rica en geoformas glaciarias y en espacios congelados que alimentan cuencas hídricas de singular importancia.
Los cambios climáticos registrados en las últimas décadas han acelerado el derretimiento de los glaciares en forma alarmante, por ello, tanto las organizaciones sociales, científicos y los promotores de la ley nacional de origen, coinciden en la necesidad de hacer un inventario de los glaciares por parte del IANIGLA – CONICET (Instituto argentino de Nivología y Glaciares) y un seguimiento en la evolución de los mismos. Además, se hace necesario prohibir determinadas actividades en los glaciares y ambientes periglaciales con el fin de preservarlos. En ese sentido, dice el proyecto “quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural o las funciones señaladas en el artículo primero, impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes:
a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen;
b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica;
c) La exploración y explotación minera o petrolífera.
d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.
e) La venta de terrenos ocupados por glaciares o zonas periglaciales saturadas o sobresaturadas en hielo.”.
Los Estados provinciales tiene el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio (ART 124 CN), por lo tanto y teniendo en cuenta los constantes cambios climáticos, la escasez del agua en grandes espacios del planeta y la importancia de los recursos hídricos para el desarrollo de los pueblos, su salud y su economía, proponemos este proyecto para la protección de los glaciares, destaca Odarda en el proyecto que actualmente se encuentra siendo analizado por algunos especialistas para su definitiva redacción.http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=13714
No hay comentarios:
Publicar un comentario